Así lo estableció El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología mediante la Resolución N° 2646/2019 para los títulos de Licenciado en Ciencia y Tecnología de alimentos y Licenciado en Tecnología de los alimentos.
Las universidades se rigen por la Ley de Educación Superior y esta clasifica a las carreras en dos grandes grupos. Uno de ellos incluye a las carreras cuyo ejercicio profesional no implica un riesgo para la salud o para los bienes de la comunidad; mientras que el otro grupo incluye a las que involucran riesgo. Para el primer grupo la Ley las engloba en el artículo 42, y para el segundo, en el artículo 43.
Para entrar a la categoría del artículo 43 las carreras en cuestión deben poseer dos aspectos clave, sostiene el Sec. Académico de la FCE Dr. Francisco Speroni, "demostrar que el ejercicio profesional implica un riesgo y que existan leyes provinciales o nacionales que regulan el ejercicio profesional. Y en este sentido la Licenciatura en Alimentos cumple estas dos condiciones"
Como consecuencia de este reconocimiento, el Estado controla y acredita a las universidades que brindan esas carreras para que lo realicen en determinadas condiciones, por eso son susceptibles de acreditaciones periódicas.
Posicionamiento de la Facultad
El Dr. Speroni remarca que la reciente incorporación al artículo 43 le da un nuevo estatus a esta carrera que se empezó a dictar en el año 2001; porque "les egresades de esta Licenciatura tendrán actividades reservadas, lo que implica ciertas potestades como así también responsabilidades en su ejercicio profesional", señala.
Pero otro aspecto importante al decir de Speroni es "el requerimiento de acreditar; es un proceso que deberá llevarse adelante una vez que el Ministerio de Educación explicite los estándares que deba cumplir la carrera para garantizar la correcta formación de estes Licenciades"
Es importante mencionar que el alcance de la resolución posee, automáticamente, cierta retroactividad en el sentido que cualquier egresade de las primeras cohortes se verán beneficiades.