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Sobre la suspensión de trabajos de tesis

La solicitud de Suspensión de una tesis doctoral, efectuada conjuntamente por el Doctorando y el/los Directores, se aplica a aquellos casos particulares donde el doctorando por causas diversas, pero claramente justificadas, debe abandonar temporalmente el trabajo de tesis, pero mantiene intenciones de continuarlo en un futuro.

  1. La Suspensión significa la reserva del tema de Tesis para quienes lo solicitan, es decir el Doctorando y el/los Directores. La misma es solicitada a la CGA por el alumno mediante la planilla correspondiente, con el aval del/los directores y una nota fundamentando el pedido.
  2. A los efectos del Artículo 1o del Reglamento de la Carrera de Doctorado, el lapso que abarque la suspensión no será computado como parte del tiempo que tome la realización del Doctorado.
  3. La Suspensión de una Tesis Doctoral tiene un plazo de dos años; pasado ese periodo el interesado deberá solicitar su renovación mediante una nota fundamentada.
  4. El vencimiento de los plazos de suspensión otorgados, sin mediar presentación del Trabajo de Tesis, o la nota solicitando y fundamentando un nuevo plazo de suspensión resultará, previa comunicación al interesado y Directores, en la Baja del mismo de la Carrera de Doctorado, procediendo al archivo del expediente respectivo. Excepcionalmente, un alumno dado de baja de la carrera de Doctorado podrá ser readmitido a posteriori si los motivos son debidamente justificados.
  5. El Doctorando será responsable de la actualización de su e-mail o datos de contacto a los efectos de las comunicaciones que puedan originarse por la aplicación de este reglamento.
  6. Durante el periodo de suspensión el Tesista no es considerado Alumno Regular de la Facultad. Sin embargo durante este lapso pueden presentarse cursos a realizar, y serán analizados con las mismas exigencias que en el caso de los Tesistas Regulares.
  7. El Doctorando suspendido de la Carrera de Doctorado podrá solicitar su Readmisión, en forma fundamentada, ante la Comisión de Grados Académicos. Esta presentación será analizada y elevada para su consideración al HCA de la Facultad.
  8. El trámite de Readmisión puede hacerse junto con un pedido de cambio y/o bajas de Director/Codirector, mediante una nota justificando esta solicitud.

Consideraciones respecto a incompatiblidades del Director/Codirector en la Readmisión
En aquellos casos en que el Tesista quiera reincorporarse y para el Director y/o Codirector esto implique un exceso de tesistas. (Artículo 9 -Reglamento del Doctorado y Consideraciones de excepción a este artículo Exp. 700-2386/001 de la fecha 28/09/2007) se aplican las siguientes reglas:

  1. En el caso que se pida la Readmisión quedando trabajo por realizar, o cursos por hacer, u otros cambios, el interesado se incorporará como un Tesista más únicamente si esta Readmisión no viola el Articulo 9 del Reglamento antes mencionado. De lo contrario el Doctorando deberá solicitar en forma expresa a la Comisión de Grados Académicos su readmisión, la cual será analizada como caso de excepción.
  2. En el caso particular que el Doctorando haya finalizado su Trabajo de Tesis durante una Suspensión, el mismo puede solicitar constitución de jurado al momento de pedir la Readmisión, siendo un requisito indispensable entregar el manuscrito de la Tesis junto con la solicitud. Si a entender de la CGA el interesado se encuentra en condiciones de defender la Tesis (es decir cumple todos los requisitos académicos y reglamentarios) la Readmisión es automática y por un plazo máximo de 3 meses. Durante este lapso, y solamente en este caso particular, no se considera que el Doctorando contribuye al número de tesistas netos asociados al Director/Codirector. Una vez aprobado el Jurado se procede de acuerdo a la Ordenanza 261.

Aprobado el 27/10/09 Reunión No30 del HCA.

Descargar este reglamento en formato PDF

Nota modelo suspensión al Doctorado

Actualizado el 08/09/2017
 
 
 
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